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Formacion gratis a trabajadores en Marketing Online
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Información Bono Joven 14 Jun 2016 2:17 AM (8 years ago)

LA CONVOCATORIA DEL BONO JOVEN 2016

Como desde hace tiempo, este año también se abre la convocatoria de ayudas Bono Joven 2016, este año con más presupuesto.
Mediante esta ayuda regulada en la Ley

CUANTÍA

4.800 euros para contratos a jornada completa y 2.400 para contratos a media jornada

REQUISITOS DEL CONTRATO

Duración mínima de 12 meses en cualquier modalidad contractual, salvo el primer contrato de empleo joven y el contrato indefinido de apoyo a emprendedores.
Compatible con el Contrato de Formación.

REQUISITOS DEL TRABAJADOR

  • Edad entre 18 y 29 años
  • Estar inscrito en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil
  • Registrarse en el bono joven.
  • Poseer alguna de las siguientes titulaciones:
    • Titulación universitaria oficial o titulación en enseñanzas artísticas superiores.
    • Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
    • Titulación de formación profesional inicial o bachiller, enseñanzas artísticas profesionales y enseñanzas deportivas.

 

PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR SUBVENCIÓN BONO DE EMPLEO JOVEN

 

EXCLUSIONES

  • Las que afecten al cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive; del empresario o de quienes tengan el control empresarial, ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración de las entidades o de las empresas que revistan la forma jurídica de la sociedad.
  • Las realizadas por las empresas de trabajo temporal prestando servicios a empresas usuarias.
FAQ
Soy demandante de empleo ¿dónde me inscribo en el sistema de garantía juvenil?

En muchos ayuntamientos de Andalucía, ponen un servicio de orientados para el empleo que te ayudan en este trámite.
De todas formas es muy sencillo, y se hace online, visita alguna de las siguientes páginas y siguiendo sus indicaciones, lo haces en breve:

o acceder directamente al registro en la Web del Ministerio.

Si estoy dado de alto como demandante de empleo y en el sistema de garantía juvenil, ya soy también del bono joven

No, una vez estés dado de alta en el Ministerio en el sistema de garantía juvenil, debes ir a tu oficina de empleo, y pedir que te den de alta en el bono joven de la Junta de Andalucía.
Te recuerdo que muchos ayuntamientos de Andalucía, también te ayudan a hacer todas estas gestiones.

Soy una empresa que quiero contratar a una persona mediante el contrato de formación y aprendizaje ¿Cómo busco posibles candidatos que sean beneficiarios del bono joven?

Lo mejor es preguntarlo directamente al candidato seleccionado, si se ha dado de alta en el ayuntamiento, normalmente le dan un resguardo.
En caso contrario, puedes buscarlo en:
https://ws054.juntadeandalucia.es/eureka2/eureka-empresas/inicio.do?seleccionado=/es/empresa/necesitoPersonal/

¿Qué requisito tengo que cumplir para ser beneficiario del sistema de garantía juvenil?
  • Tener nacionalidad española o ser ciudadanos de la Unión o de los Estados parte del Acuerdo Económico Europeo o Suiza que se encuentren en España en ejercicio de la libre circulación y residencia.También podrán inscribirse los extranjeros titulares de una autorización para residir en territorio español que habilite para trabajar.
  • Estar empadronado en cualquier localidad del territorio nacional español.
  • Tener más de 16 años y menos de 30 en el momento de solicitar la inscripción en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
  • No haber trabajado en los 30 días naturales anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
  • No haber recibido acciones educativas que conlleven más de 40 horas mensuales en los 90 días naturales anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
  • No haber recibido acciones formativas que conlleven más de 40 horas mensuales en los 30 días naturales anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
  • Presentar una declaración expresa de tener interés en participar en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, adquiriendo un compromiso de participación activa en las actuaciones que se desarrollen en el marco de la Garantía Juvenil.

Una vez que el interesado se ha dado de alta en el sistema podrá recibir ofertas del catálogo de actuaciones que se recogen en el Plan de Implantación de la Garantía Juvenil y/o en la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven a través de su Comunidad Autónoma, la Administración General del Estado, las entidades que colaboran en la gestión del Fondo Social Europeo o de las empresas que deseen aplicarse alguno de los incentivos previstos en la normativa vigente para la contratación de jóvenes.

Somos una empresa de Andalucía, y hace un mes he contrato a un joven, mediante un contrato de formación y aprendizaje ¿Puedo solicitar esta ayuda?

Por plazo si, porque esta ayuda tiene de plazo de solicitud hasta dos meses posteriores a la contratación, por lo que por esta parte si puedes.
Ahora, debes preguntar a la persona que has contratado, si estaba dado de alta como demandante dentro del bono joven, en el momento en que lo contrataste.

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¿Qué es la formación programada? 11 Jun 2015 3:24 AM (9 years ago)

Es una de las formas que tiene España de ayudar a las empresas españolas y a sus trabajadores.

Para conseguir ayudarlas, lo hace mediante la formación de sus trabajadores, logrando ventajas para las empresas y los trabajadores de las mismas.

Este sistema viene heredado, del que tenía España desde 1996, que era algo parecido, pero que en vez de ayudar mediante las bonificaciones, lo hacían mediante subvenciones.

En el año 2004 comienza la formación bonificada, para nuestro gusto todo un acierto, porque aunque las empresas se bonifiquen (siendo el resultado parecido al de una subvención), tienen mayor libertad para elegir la formación que más le interese y quien la imparte. Este gasto en formación lo recuperan, bonificándolo en los seguros sociales, esto es, el mes que se lo bonifiquen pagan ese importe menos de sus seguros sociales.

Esto es una ventaja, porque con esta concienciación las empresas conocen, que pueden elegir, exigir la calidad y contenidos que necesitan sus trabajadores.

Durante el año 2015, ha habido una reforma de este sistema, que lo hace todavía más transparente. (Real Decreto-ley 4/2015, de 22 de marzo, para la reforma urgente del Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral).

NOTA: Desde esta reforma la formación bonificada o de demanda, cambia de nombre a Formación Programada.

Es importante conocer los cambios y diferencias entre la antigua formación bonificada y la nueva formación programada.

Para conocerlos puede hacerlo en el siguiente artículo de nuestro blog:

Cambios en la formación

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Curso de Seguridad Web 10 Jun 2015 10:41 PM (9 years ago)

La seguridad de una página web es uno de los grandes problemas con los que nos encontramos los propietarios de cualquier tipo de página web.

Por eso en el Curso de Seguridad Web a través de unos sencillos vídeos, te queremos enseñar algunas tareas básicas que debes hacer para mantener tu sitio web seguro y evitar perdida de información y hackeos.

1. Copias de Seguridad

En primer lugar, siempre que vayamos a hacer alguna modificación o acción sobre nuestra aplicación web debemos hacer una copia de seguridad.

Como hacer un copia de seguridad en hosting con el panel  de control cPanel

Como hacer un copia de seguridad en servidores Cloud Hosting de LaPrimera.net

2. Actualización de Aplicaciones Web

Es muy recomendable y se podría decir que imprescindible el aplicar la diferentes actualizaciones que se publiquen para su aplicación, ya que en cada una de ellas se corrigen fallos de seguridad, fallos de funcionamiento, errores de compatibilidad, mejoras de rendimiento, nuevas funcionalidades, etc…

Cómo actualizar a Prestashop 1.4 (instalada en directorio raíz)

Cómo actualizar a Prestashop 1.4 (instalada en directorio tienda)

Como actualizar WordPress

La importancia de las actualizaciones en WordPress

Como actualizar Joomla

Si eres cliente de LaPrimera.net podemos realizar la actualización por usted pero esta acción tendría un coste de 29€+IVA y preferimos que usted aprenda a hacerlo pues con el tiempo necesitará hacer otras.

Como está reflejado en las Condiciones de Uso de LaPrimera.net, «Es responsabilidad del usuario del hosting el mantener SIEMPRE actualizado y seguro el software alojado en dicho hosting». Por este motivo le informamos que en un espacio breve de tiempo dejaremos de ofrecer soporte sobre aplicaciones que no se encuentran actualizadas.

3. Vulnerabilidad de permisos en archivo de configuración

Existe una nueva forma de acceder a las cuentas de un servidor aún teniendo estas todos tus scripts actualizados.

¿Cómo funciona esta vulnerabilidad?

Si una de las cuentas del servidor se ve comprometida, sea por la obtención de la contraseña de cpanel o por alojar software no seguro, esta puede ser usada para crear «symlinks» (enlaces simbólicos) a archivos de configuración de los scripts alojados en las demas cuentas de ese servidor, consiguiendo de esta manera acceso, por ejemplo, a la base de datos o cualquier sección detallada en dicho archivo. Si entre los datos que se alojan en ese archivo de configuración se encuentra los datos de acceso FTP (que en el 99’9% de los casos coinciden con los de cpanel), habrán obtenido acceso a todos nuestros archivos e incluso a nuestro panel de control.

¿Como podemos protegernos?

Para evitar estar expuestos de esta manera se deben cambiar los permisos de dichos archivos de configuración a 600. Esto permitirá leer y escribir en el archivo al propietario del mismo unicamente.
Este cambio puede realizarse a través de un cliente FTP como Filezilla o por medio del «Administrador de Archivos» de cPanel.

En este vídeo te explicamos como hacerlo

Espero que te haya sido de utilidad el Curso de Seguridad Web, si tienes alguna consulta puedes dirigirla a soporte@laprimera.net o dejar un comentario debajo.

Gracias.

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Duración de la formación programada 4 Jun 2015 1:44 AM (9 years ago)

La duración de acciones formativas en la formación programada, es una de las novedades y modificaciones respecto al anterior (Real Decreto 395/2007 y Orden TAS 2307/2007) en la formación programada por las empresas (antes formación de demanda o bonificada).

Desde el 24 de marzo de 2015, la duración de acciones formativas puede ser de una hora o más. (Esto es, podemos hacer una acción formativa que dure una hora).

Para temas puntuales esto puede ser interesante, pero tener en cuenta, lo siguiente:

Imaginando que esa formación sea presencial y de un nivel de formación superior, el coste máximo según las novedades en los módulos económicos será de 13 euros la hora, por trabajador.

Para empresas grandes que formen a a la vez a un grupo de trabajadores, es interesante, porque con el coste que se van a poder bonificar, podrán pagarle a un buen ponente, …

¿Pero qué hacemos las empresas pequeñas? ¿Qué ponente va a querer venir a nuestra empresa, a formar a uno o dos trabajadores presencialmente y cobrar esa hora de formación a 13 euros, con los gastos de desplazamiento incluidos.

Quizás a este precio es difícil encontrar a un experto que venga a nuestra empresa a darnos la formación, sin embargo con la teleformación, esto se hace más factible. Es cierto que los módulos económicos en caso de formación por teleformación es de 7,5 euros la hora, pero si nos agrupamos con otras empresas, para que este experto nos de la formación, podremos acceder a grandes profesionales y obtener una muy buena formación a un muy buen precio y accesible a las pequeñas empresas.

¿Cómo es la duración de acciones formativas en formacioncenter.com y la razón de esta duración?

 

Partiendo que nuestra formación es muy específica, enseñamos a tener tu plataforma de presencia en Internet y a hacer markeing digital.

Es cierto que la mayoría de las empresas tienen esta necesidad, pero también es cierto que ya sean empresas grandes, pequeñas o medianas casi todos coinciden en mantener formados en esta especialidad a lo sumo a tres personas, normalmente llevarán la presencia y el marketing online de la empresa entre una o dos personas.

Para conseguir que esta persona sea una experta en ventas y marketing online, hemos calculado que necesitamos unos 4 meses de formación, ¿Pero qué duración de este curso nos vamos a bonificar?

Vamos a bonificar el primer mes, que es donde tenemos que dedicar más tiempo y esfuerzo, ya que todos los incios, ya sean de tu tienda online, web, blog o plan de marketing cuestan un poco más de tiempo.

Nuestra formación del primer mes, está estipulada en 60 horas de formación, nuestra duda fundamental es ¿cómo calcula la fundación tripartita un minuto de vídeo, que tiempo de formación equivale?, más o menos calculan que un minuto de vídeo implica unos diez minutos de formación.

Para el primer mes de media, tenemos repartidos en pequeños vídeos, unas 6 horas de formación, con lo que cumplimos de esta forma con las 60 horas de formación.

Como ya sabés en nuestros planes de formación, tras este primer mes, tenemos que observar como responde Internet a nuestro sitio Web y estrategia, medimos, cambiamos y seguimos formándonos en técnicas de marketing, pero esto ya es una formación complementaria que os ofrecemos y que vemos muy necesaria para conseguir el objetivo del plan formativo, por ello los siguientes 3 meses os lo incluimos gratis, y ya lo vamos a hacer en otra plataforma de teleformación, para juntarnos con las empresas que ya venden mucho en Internet, y aprender de sus preguntas y proyectos.

Hasta aquí hemos tocado, el tema de la duración de las acciones formativas, y como nos adaptamos en formacioncenter.com a esta modificación y seguimos cumpliendo los objetivos de nuestros planes formativos.

La siguiente novedad es respecto a los módulos económicos y las cantidades que nos podemos bonificar en los seguros sociales por esta formación programada.

Conocer más los nuevos módulos económicos

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Cofinanciación privada en formación 4 Jun 2015 1:44 AM (9 years ago)

Este es otro cambio importante de la reforma del Real Decreto–ley 4/2015, de 22 de marzo

Desde esta reforma todas las empresas cofinancian una parte de su formación

Existen unos coeficientes mínimos que las empresas deben cofinanciar.

Antes de profundizar en estos, vamos a tener en cuenta un temilla,  por ejemplo si en la factura de la empresa formadora que os llega, tiene un importe de 420 euros, (esto es el coste de la formación del alumno que es trabajador de vuestra empresa), ¡OJO! Aquí en esta factura no está la cofinanciacion. NOTA IMPORTANTE: Vuestra empresa no está obligada a que esta formación la realicen en su horario laboral, este coste no lo hemos tenido en cuenta, si la formación la realiza el alumno en su horario laboral, la empresa tendrá también el coste de las horas que su trabajador está formándose y no está trabajando.

Por lo que para poder cofinanciar, vamos a calcular cuánto tiempo de la formación el alumno debe formarse en su horario laboral, según estos coeficientes mínimos:

Coeficiente mínimos que la empresa debe financiar con sus recursos propios, depende del tamaño de la empresa, estos están  publicados en la reforma del Real Decreto–ley 4/2015, de 22 de marzo

 

a) Empresas de 1 a 9 trabajadores: 5 por ciento

b).De 10 a 49 trabajadores: 10 por ciento

c).De 50 a 249 trabajadores: 20 por ciento

d).De 250 o más trabajadores: 40 por ciento

EJEMPLO 1:

Número de horas de la acción formativa en teleformación: 60 horas

Coste a pagar por esta formación a la entidad organizadora: 420 euros

Bonificación a aplicar: 420 euros

COFINANCIACIÓN: En nuestro emjemplo la empresa tiene menos de 9 trabajadores, por lo que la cofinanciación es  5% del coste de formación.

La forma de cofinanciación, puede ser pagando, (esto es porque el importe de la formación que paga es mayor que el importe de esta formación que se bonifica). O cofinanciación, porque parte de las horas formativas, el alumno las realiza en horario laboral.

Vemos en este ejemplo el segundo caso, ahora, la empresa que va a hacer la formación, se pregunta, ¿Cuántas horas de esta formacion debe hacer mi trabajador en su horario laboral?

Para calcularlo, sabemos que el 5% es la cofinanciación es su caso privada obligatoria minima.

Si llamo X= coste salarial de las horas que los trabajadores han realizado la formacion en la empresa.

Mi regla de tres, sería:

420 + x…………………100

x………………………….  5

Despejando X, me resulta que la cofinanciacion privada mínima es de 22,11

Esto es si el coste hora del trabajador para la empresa es de 10 euros/hora, y de las 60 horas que tiene nuestra formación, realiza en su horario laboral 2 horas y media, la empresa tendrá ya un coste adicional de 2,5 *10 = 25 euros (es decir dos horas y media por 10 euros de coste hora del trabajador).

La cofinanciación de la empresa en este caso es de 25 euros, que es mayor a 22,11 que es lo que nos ha salido como mínimo. Por lo tanto estamos cumpliendo con la cofinanciación privada.

NOTA: Por si alguna persona tiene la duda, sobre como calcular el coste hora de los trabajadores de su empresa, indico la fórmula que se sigue:

Coste hora salarial = (Salario Bruto Anual + Seguridad Social + Complementos salariales) dividido entre (número de horas según convenio)

Resumiendo en este caso, con una dedicación de 2,5 horas de realización de la formación en su horario laboral, la empresa ya está cumpliendo de sobra con la cofinanciación privada mínima obligatoria.

EJEMPLO 2:

Si la empresa tiene entre 10 y 45 empleados, la cofinanciación privada mínima es de un 10%

Para ver como cumplimos con esto en nuestro caso particular:

Número de horas de la acción formativa en teleformación: 60 horas

Coste a pagar por esta formación a la entidad organizadora y formadora: 420 euros

Coste que se bonifica: 420 euros

He visto a algunas personas calacular la cofinanciación así:

Esto es el 10% de 420 euros = 42 euros  NOOOOOO no es correcto

El cálculo para que nos salga bien, lo calculo de la siguiente forma:

Siendo X= Importe de la cofinanciacion mínima. y sabiendo que x mínima es el 10% de la formación:

Hago la siguiente regla de tres:

420+ x……………………..100

x……………………………..10

Despejando X, tendría:

X*100= (420+X)*10

X*100 – 10*X = 420

90*X =420

X= 420/90 = 46,666

Por lo tanto el importe de la cofinanciación minima en este caso es de 46,67 euros

Nuestra empresa de ejemlo, va a cofinanciar, haciendo parte de la formación en horario laboral.

¿Cuántas horas le debe dedicar a la formación en horario laboral, para cumplir?

Esto es si el coste hora del trabajador para la empresa es de 10 euros/hora, y de las 60 horas que tiene nuestra formación, realiza en su horario laboral 5 horas, la empresa tendrá ya un coste adicional de 5 *10 = 50 euros (es decir cinco horas multiplicado por 10 euros de coste hora del trabajador)

Resumiendo en este caso, con una dedicación de 5  horas de realización de la formación en su horario laboral, la empresa ya está cumpliendo de sobra con la cofinanciación privada mínima obligatoria, puesto que 50 euros es mayor que 46,67 que era como vimos la cofinanciacion mínima.

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Modulos economicos en formación 4 Jun 2015 1:44 AM (9 years ago)

Importes máximos a bonificar por hora de formación

A lo largo de este artículo vamos a ver como bonifica una empresa con los módulos económicos en la formación programada.

Los importes máximos que podemos bonificar o abonar, por hora y trabajador, depende del nivel de formación y del método de la formación (esto es formación presencial, teleformación,…), para entenderlo veamos la tabla oficial de estos módulos:

Modulos económicos en la formación para trabajadores

Teniendo en cuenta el artículo anterior donde razonábamos como cumplimos con la normativa respecto a la duración de nuestras acciones formativas, tenemos:

Duración 60 horas

Modalidad Teleformación

Por lo tanto los cálculos teóricos serían los siguientes:

60 horas de formación por 7,5 € cantidad máxima por hora que me puedo bonificar = 450 €

Sin embargo el coste que os cobramos por esta formación es de 420 €, como 420 euros es menor que 450 euros que sería la cantidad máxima, podemos bonificar esos 420 €

Hata aquí, todo bien, PERO, ¿Qué es eso de la cofinanciación obligatoria? ¿Cómo afecta a la cantidad que podemos bonificarnos en la formación programada?

OTRO EJEMPLO:

Una empresa contrata a una entidad de formación, para que realice un curso presencial en su empresa de 2 horas, para formar en unas técnicas nuevas a 5 empleados, de su empresa. ¿Cuánto puede bonificar esta empresa por formación? sabiendo que la empresa formadora le va a cobrar el mismo importe que se pueda bonificar.

Para resolver la pregunta, miramos los modulos económicos, y observamos que esta formación es presencia y de nivel superior, con lo que el coste máximo por hora y trabajador es de 13 euros.

El cálculo sería el siguiente:

5 Trabajadores * 2 horas de formación * 13 euros/hora = 130 euros

Por lo que 130 euros es el importe máximo que la empresa puede bonificar esta formación.

Suponiendo que la formación de estos trabajadores se realice en horario laboral, está cumpliendo con la cofinanciación privada sobradamente.

Sin embargo, también hay unos costes que la empresa se puede bonificar, estos son los costes de organización. Si nuestra empresa de ejemplo ha contratado a la empresa de formación que también es organizadora de cursos para la Fundación Tripartita, y a esta empresa se le encarga también la mecanizción de datos en la aplicación de la Fundación Tripartita, puede añadir a los costes de formación un 10% en concepto de costes de organización.

En nuestro caso, bonificaría:

Costes de formación…………..130 euros

Costes de organización ……..10% 130 euros

TOTAL A BONIFICAR= 130 euros + 13 euros = 146 euros.

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Pasos para la inscripción en formación 4 Jun 2015 1:44 AM (9 years ago)

PASO 1

Mi empresa cumple los siguientes requisitos:

Es una empresa con domicilio social en España.

Es una empresa privada.

Está al corriente en los pagos con la Seguridad Social y con Hacienda.

(Si su caso es diferente, por favor póngase en contacto con nosotros).

NOTA Sólo para las empresas que tengan representante sindical, es necesario que firme el siguiente documento, haz clic para descargar aquí

PASO 2

El alumno como trabajador de la empresa cumple con los siguientes requisitos:

– El trabajador está contratado en el régimen general de la seguridad social. (Esto es su contrato en la empresa no puede ser en el régimen de autónomo, los autónomos no pueden bonificar esta formación).

– El trabajador y alumno está comprometido a hacer el curso. (Recuerde que para poder bonificar esta formación, el alumno debe haber realizado como mínimo el 75% de la formación).

(Si su caso es diferente, por favor póngase en contacto con nosotros).

PASO 3

NOTA: Durante el 2015, se ha producido una reforma que nos afecta en la formación bonificada, (El Real Decreto-ley 4/2015, de 22 de marzo, para la reforma urgente del Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral).

Para adaptarnos a esta reforma es necesario, que firméis la adhesión al contrato de encomienda. Para ver este contrato antes de firmar la adhesión al mismo, podéis descargarlo en el siguiente enlace: Contrato de encomienda de organización de la formación

PASO 4

La empresa a la que pertenece el trabajador tiene que rellenar y firmar la adhesión al contrato de encomienda y la inscripción al curso.

NOTA: La fecha de esta adhesión es necesario que sea como mínimo de 7 días antes de comenzar la formación.

Descargar la Adhesión al contrato de encomienda, en el siguiente enlace: Adhesión al Contrato de encomienda de organización de la formación

Descargar la inscripción al curso en el siguiente enlace: inscripcion-formacioncenter2015

Enviar ambos documentos por fax al 911018788 ó escanearlo y mandarlo por email a inscripciones@formacioncenter.com

El documento original de la ahesión al convenio también es necesario que lo envíe por correo postal a la siguiente dirección:(tenemos obligación de custodiarlo y presentarlo si nos lo solicitan)

La Primera Telecomunicación SL (formacioncenter.com)

C/ Evaristo Sánchez 6 Local

23400 Úbeda (Jaén)

PASO 5

Una vez recibida la documentación, nos pondremos en contacto para prepararle el alojamiento Web para hacer sus prácticas y tener una primera toma de contacto antes de comenzar la formación.

NOTA IMPORTANTE:

Con el objetivo de poder hacer un seguimiento de todos los participantes y poder responder a todas las cuestiones, cada mes sólo podrán inscribirse por curso las primeras 15 personas que envíen la hoja inscripción.

Una vez cubierto el cupo se cerrarán las inscripciones, y ya no se admitirán a más personas para ese mes, teniendo estas inscripciones preferencia para el mes siguiente.

Opciones de fechas de inicio de cursos que puede marcar en la Ficha de Inscripción,

Todos los meses, en la primera semana del mes, se inician nuestros cursos. Las fechas concretas de inicio en los próximos cuatro meses, están escritas en la inscripción, que podéis descargar en el siguiente enlace: inscripcion-formacioncenter2015

Si vuestra intención, es apuntaros a la formación, dentro de más de 5 meses, preguntar al consultor de formación, que os indicará el día exacto de la misma.

¿Tiene dudas? Estamos encantados de resolverlas, llámenos al teléfono 953827681

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Cambios en la formación bonificada 4 Jun 2015 1:44 AM (9 years ago)

La formación programada de las empresas viene a ser muy parecida a la antigua formación bonificada, pero con algunos cambios, que debemos tener en cuenta.

Los principales cambios en la antigua formacion bonificada son respecto a:

– La duración mínima de las acciones formativas.

-Los módulos económicos

-La cofinanciación privada

-Cambios sobre quien puede organizar la formación

Todos estos cambios, han sido recogidos en: Real Decreto-ley 4/2015, de 22 de marzo, para la reforma urgente del Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral

Para conocer el resumen sobre estos cambios la fundación Tripartita, ha hecho el siguiente PDF que los explica muy bien, lo podéis descargar en el siguiente enlace: Principales cambios en la formación programada

Entendemos, que leer estos cambios así un poco generales, puede que os cueste un poco de trabajo, cuando lo que queréis es acceder a una formación que os ayude a vender en Internet y hacer el marketing online de vuestra empresa y hacerla con nosotros.

¿Cómo nos hemos adaptado para cumplir con estos cambios?

Os lo comentamos por partes:

En cuanto a la duración de las acciones formativas. Clic aquí para conocerlo

Los módulos económicos de la formación programada.  Clic aquí para conocerlo

Resolviendo la cofinanciación privada de la formación programada.  Clic aquí para conocerlo

¿Quién organiza e imparte la formación programada?

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